Bolivia | Decreto Supremo No 0726 del 06 de Diciembre de 2010

RESUMEN: Las concesiones mineras, de recursos naturales, electricidad, telecomunicaciones y de servicios básicos, otorgadas con anterioridad al 6 de diciembre de 2010, a partir de la aprobación del presente Decreto Supremo se adecuan al ordenamiento constitucional vigente, transformándose automáticamente en Autorizaciones Transitorias Especiales, en tanto se realice su migración de acuerdo a la normativa sectorial a emitirse.

DECRETO SUPREMO Nº 0726

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I de la Disposición Transitoria Octava de la Constitución Política del Estado, dispone que en el plazo de un (1) año desde la elección del Órgano Ejecutivo y del Órgano Legislativo, las concesiones sobre recursos naturales, electricidad, telecomunicaciones y servicios básicos, deberán adecuarse al nuevo ordenamiento jurídico. La migración de las concesiones a un nuevo régimen jurídico en ningún caso supondrá desconocimiento de derechos adquiridos.

Que el Parágrafo II de la Disposición Transitoria Octava de la Constitución Política del Estado, establece que en el plazo de un (1) año, se dejarán sin efecto las concesiones mineras de minerales metálicos y no metálicos, evaporíticos, salares, azufreras y otros, concedidas en las reservas fiscales del territorio boliviano.

Que el Parágrafo III de la Disposición Transitoria Octava de la Ver 4065 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0197

Tipo: DECRETO SUPREMO No 0726

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-0726-del-06-diciembre-2010

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