Bolivia | Decreto Supremo No 29315 del 17 Octubre 2007

RESUMEN: Crea cuatro Unidades Desconcentradas, bajo dependencia del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, con el propósito de ejecutar programas y proyectos en el marco de sus atribuciones y competencias.

Decreto Supremo Nº 29315

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 132 de la Constitución Política del estado, establece que la organización económica debe responder esencialmente a principios de justicia social que tiendan a asegurar para todos los habitantes una existencia digna del ser humano.

Que la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece entre las atribuciones y obligaciones de los Ministros de Estado la de proponer al Presidente de la República, en el área de su competencia, políticas, estrategias, acciones y proyectos de normas legales.

Que entre las atribuciones específicas del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente están el formular una política y Estrategia Nacional de Desarrollo Rural y Agropecuario en coordinación con el Ministerio de Planificación del Desarrollo, diseñar la Política Nacional de Tierras y Territorio, estructurar Políticas y Planes de aprovechamiento y conservación del Medio Ambiente, de la Biodiversidad y de los Recursos Forestales, promover y ejecutar Planes y Programas Integrales de Desarrollo Rural, formular y desarrollar Planes para la Seguridad y la Soberanía Alimentaría del país, formular Políticas de Desarrollo Integral que recuperen y revaloricen los usos legales de la Hoja de Coca, así como su industrialización y el desarrollo de las zonas productoras.

Que el Artículo 31 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece que las instituciones públicas desconcentradas son creadas por Decreto Supremo, cuyas características son: la dependencia directa del Ministro del área y pueden tener dependencia funcional de alguna otra autoridad de la estructura central del Ministerio, no cuentan con un Directorio y el Ministro es la máxima autoridad, su patrimonio pertenece al Ministerio del área, no tienen personalidad jurídica propia, tienen independencia de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, sobre la base de la normativa interna del Ministerio, están a cargo de un Director General Ejecutivo que ejerce la representación institucional y es designado mediante Resolución Ministerial.

Que el Decreto Supremo Nº 29246 de 22 de agosto de 2007, establece la Política de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario – PPS-DIC en el marco del Plan Nacional de Desarrollo – PND, con el objetivo de contribuir a erradicar las causas estructurales de la pobreza extrema y fortalecer las capacidades de autogestión y de desarrollo sustentable de las comunidades locales campesinas, indígenas – originarias, productivas y vecinales, fundamentalmente a través de transferencias monetarias y en especie.

Que el Decreto Supremo Nº 29246, establece que los Ministerios, de acuerdo a sus competencias, ejecutarán los programas de la Red de Programas de Protección Social y Desarrollo Integral Comunitario – RPS-DIC, a través de unidades ejecutoras, asumiendo la metodología, objetivos, metas e indicadores del programa respectivo, coordinados por el Ministerio de Planificación del Desarrollo, e incorporando todos los programas que se enmarquen en la PPS – DIC del Gobierno.

Que el Gobierno de Bolivia y la Comisión Europea, suscribieron los Protocolos I y II, para el inicio del financiamiento del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria – PASA, constituyéndolo como un Programa Especial.

Que mediante Decreto Supremo Nº 24893 de 5 de noviembre de 1997, se establece que e...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 3033

Tipo: DECRETO SUPREMO No 29315

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-29315-del-17-octubre-2007

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