DECRETO SUPREMO N° 1012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que los Numerales 1 y 4 del Artículo 21 de la Constitución Política del Estado, disponen que las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a la autoidentificación cultural, así como a la libertad de reunión y asociación en forma pública y privada con fines lícitos.
Que el Artículo 101 del Texto Constitucional, dispone que las manifestaciones del arte y las industrias populares, en su componente intangible, gozarán de especial protección del Estado.<...
Ver 3002 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !