Bolivia | Ley No 1170 del 04 de Julio de 1990

RESUMEN: De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento el día 7 de mayo de 1990, en la ciudad de Washington, por la suma de VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO

Ley Nº 1170

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Único.-

De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta, de la Constitución Política del EstadoVer 1394 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1651

Tipo: LEY No 1170

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/ley-1170-del-04-julio-1990

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