DECRETO SUPREMO Nº 22631
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que se ha constatado que un gran número de vehículos automotores, cuyo ingreso al país ha sido irregular, se respalda en pólizas de importación adulteradas, dificultando la labor de fiscalización e identificación de los vehículos;
Que es necesario regularizar esta anómala situación, porque esa falsificación de documentos fiscales daña gravemente al Estado y a la fe pública;
Que la resolución ministerial 208/90 de 15 de febrero de 1990, del Ministerio de Finanzas ha puesto en vigencia una nueva modalidad de recaudación en la Dirección General de Aduanas, introduciendo sistemas computarizados que permiten el registro y el control de la totalidad de la información contenida en la póliza de importación;
Que es necesario adecuar procedimientos para efectuar un estricto control sobre los vehículos automotores existentes en el país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.Créase el PADRON NACIONAL DE AUTOMOTORES, dependiente del Ministerio de Finanzas, para el control del pago de los tributos nacionales resultantes de la aplicación del gravamen aduanero consolidado (GAC), el impuesto al valor agregado y los consumos específicos por importaciones, así como el impuesto a la renta presunta de propietarios de vehíc...
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