DECRETO SUPREMO Nº 21095
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que en el marco de la nueva política económica del Gobierno Constitucional s e prevé, entre otras medidas, la modificación de la situación jurídica de la Corporación Boliviana de Fomento, cuya disposición expresa se r e fiere a su disolución y traspaso de sus activos y acciones con carácter de transferencia.
QUE LA COOPERATIVA BOLIVIANA DE CEMENTO LTDA.- la Corporación Boliviana de Fomento constituían la Compañía Boliviana de Cemento S.A.M., con cuotas de capital del 68,3% y del 31,7%, respectivamente, situación que al haberse disuelto la Corporación Boliviana de Fomento (CFB) debe ser resuelta en el marco del artículo 429 del Código del Comercio, la cláusula 10º de la Escritura Constitutiva y el artículo 19o. de los Estatutos de la Sociedad Anónima Mixta. Ver 3354 caracteres restantes ¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Que en aplicación del espíritu de la normatividad contenida en el Decret...
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