DECRETO SUPREMO Nº 10670
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es propósito del Supremo Gobierno, llevar adelante una política industrial que permita a la Nación utilizar en beneficio del pueblo, todos los recursos naturales que, al presente, no se explotan intensivamente para avanzar, hacia una independencia económica;
Que, el Decreto Supremo No. 10521, establece la Política Nacional Siderúrgica del país, reconociendo máxima prioridad a la instalación de la industria del Hierro y del Acero, que reviste carácter estratégico;
Que, dentro de la Política Económica del Gobierno Nacionalista, se hallan establecidos los conceptos básicos para la formación de la empresa estatal encargada de la industria siderúrgica;
Que, para la ejecución práctica de la Política y del Plan Siderúrgico Nacional, es imprescindible crear un ente jurídico de carácter público descentralizado y dependiente del Ministerio de Minería y Metalurgia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.-
Créase la Empresa SIDERURGICA BOLIVIANA S. A. (SIDERSA), como entidad de derecho público con personería jurídica propia, dependiente del Ministerio de Minería y Metalurgia, en aplicación de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 2.-
Los objetivos de la Sociedad serán los siguientes:
a) Regirse al Decreto Supremo No. 10521 de 3 de octubre de 1972, que enuncia la Política Nacional Siderúrgica.
b) Ejecutar el Plan Siderúrgico Nacional;
c) Planificar la organización de las instalaciones necesarias para la exploración, explotación, beneficio y transformación...
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