Bolivia | Decreto Supremo No 5812 del 30 de Mayo de 1961

RESUMEN: Se declara la Reserva Fiscal Petrolera, de la zona.

DECRETO SUPREMO Nº 05812
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la ley de 5 de diciembre de 1917 concede al Poder Ejecutivo la facultad de declarar la Reserva Fiscal de tierras o regiones que contengan sustancias o productos pertenecientes al Estado;
Que los yacimientos de petróleo y demás hidrocarburos, hállense en el subsuelo o en la superficie, son de propiedad de la Nación, como reconoce el Art. 1º del Código del Petróleo, aprobado por ley de 29 de octubre de 1956;
Que en determinadas regiones existen zonas de importancia petrolífera que aún no han sido solicitadas;
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y EN USO DE LA FACULTAD LEGAL MENCIONADA,

DEC RETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-Se declara la Reserva Fiscal Petrolera, de la zona comprendida dentro de los siguientes límites:
Desde el Punto de Partida que es la intersección del meridiano 65º00’00” de longitud Oeste y el paralelo 17º10’55″08 de latitud Sur, y que está a 4.999.94 mts. del Pun...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 38

Tipo: DECRETO SUPREMO No 5812

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-5812-del-30-mayo-1961

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