DECRETO SUPREMO Nº 5135
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en cumplimiento del Decreto Supremo número 4148 de 25 Agosto de 1955, la Corporación Boliviana de Fomento ha concluido la construcción e instalación de la fábrica de cemento de la ciudad de Sucre, hallándose al presente en condiciones de iniciar su etapa de producción;
Que el capital invertido por el Estado en esa empresa industrial debe recuperarse para promover nuevas industrias que contribuyan al desarrollo económico del pas;
Que, interpretando el sentido de la Ley número 90 de 23 de diciembre de 1949, es conveniente dar participación en la propiedad y dirección de la fábrica de cemento, a la Universidad de San Francisco Xavier y a la Municipalidad de Sucre;
Que, la forma de organización más apropiada para administrar esa planta industrial, con participación de las entidades antes nombradas y la Corporación Boliviana de Fomento, es la de sociedad anónima.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Para la explotación de la fábrica...
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