DECRETO LEY No 0227
PRECIOS MAXIMOS DE VENTA DE JUGUETERIA.- Importada o nacionales se fijarán aplicando los siguientes porcentajes.
GUALBERTO VILLARROEL
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario controlar la venta de juguetes, a fin de evitar utilidades excesivas:
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. –
Los precios máximos de venta de juguetería importada y de producción nacional, se fijarán aplicando los siguientes porcentajes:
a) Para juguetería importada, el...
Ver 1962 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !