Bolivia | Decreto Supremo No 20-01-1935 del 20 de Enero de 1935

RESUMEN: CONSUMOS.-CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONSUMOS Y DETERMINA SUS ATRIBUCIONES.

DECRETO SUPREMO

CONSUMOS.-Crea la Dirección General de Consumos y determina sus atribuciones.
JOSE LUIS TEJADA SORZANO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:
Que la guerra ha ocasionado la escasez y el encarecimiento de las subsistencias y da lugar a especulaciones que es preciso reprimir y sancionar;
Que es deber del Gobierno evitar que el alza del costo de vida cause grave quebranto a la población civil, procurando el abaratamiento de los víveres y artículos de primera necesidad, o el aumento proporcional de sueldos, salarios y remuneraciones en general;
Que para conseguir tales propósitos es preciso controlar las importaciones, la producción y la distribución de los productos de primera necesidad, evitando el alza inmoderada de sus precios y la ocultación de los mismos;
Que es necesario impedir la injustificada salida de oro y de divisas extranjeras, empleados en la internación de objetos de lujo y de artículos cuyos similares o sucedáneos produce la industria nacional;
Que no es eficiente la atención que hoy se presta a las familias de los movilizados;
Que la ley de 30 de noviembre de 1933 señala al Ministerio de Defensa Nacional la atribución de abastecer al Ejército y a las poblaciones civiles de la República;

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Dirección General de Consumos Nacionales dependientes del Ministerio de Defensa, con las siguientes atribuciones:
a) Controlar y autorizar, de acuerdo con el Ministerio de Hacienda, todas las importaciones y exportaciones, y por sí misma, los precios de venta por mayor y al detalle, de los víveres y artículos de primera necesidad:
b) Controlar las ganancias de los comerciantes e industriales establecidos en el país, que se dediquen a la venta de artículos de primera necesidad, limitándose al promedío general de los tres años últimos anteriores a la guerra;
c) Establecer el racionamiento de las poblaciones urbana y rural en todo el país, ya sea por intermedio de las Municipalidades, ya directamente por almacenes de abastecimiento público u otros organismos que juzgue necesario constituir;
d) Mejorar el costo de la vida actual, rebajando el precio de los víveres y artículos de primera necesidad o, en su defecto, proponer al Gobierno el aumento general de sueldos, salarios y remuneraciones:
e) Estimular e intensificar la producción nacional de artículos de consumo vital, fijando premios a los productores, buscando mercados de consumo y gestionando tarifas diferenciales de transporte o proponiendo la liberación de impuestos, tasas o gabelas que pesaren sobre sus productos;
f) Restringir o prohibir la produ...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No GOB-48

Tipo: DECRETO SUPREMO No 20-01-1935

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-20-01-1935-del-20-enero-1935

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