CLASIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES NEWTON-ESPECÍFICO
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0003-13
La Paz, 06 de febrero de 2013
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, Artículos 78 y 79, facultan al Servicio de Impuestos Nacionales a establecer la forma de presentación de declaraciones juradas y pago de tributos, utilizando los medios e instrumentos tecnológicos disponibles en el país.
Que la Ley Nº 2166 de 22 de diciembre de 2000, Artículo 3 e Incisos b), l) y m) del Artículo 4, es función, misión y atribución del Servicio de Impuestos Nacionales facilitar y afianzar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Que el Decreto Supremo Nº 27310 de 9 de enero de 2004, Artículo 7, dispone que las operaciones electrónicas realizadas y registradas en el sistema informático de la Administración Tributaria por un usuario autorizado, surten efectos jurídicos y tienen validez probatoria; presumiéndose que toda
operación electrónica registrada en el sistema informático pertenece al usuario autorizado.
Que la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0033-04 de 17 de diciembre de 2004, implementa el servicio denominado Portal Tributario del Servicio de Impuestos Nacionales, estableciendo el procedimiento y demás formalidades para presentar declaraciones juradas y pago de impuestos a través de Internet.
Que en el marco del proceso de modernización institucional que desarrolla el Servicio de Impuestos Nacionales y con la finalidad de facilitar a los contribuyentes Resto del Régimen General a la presentación de sus Declaraciones Juradas y al pago de sus obligaciones tributarias, a través de la Oficina Virtual, es necesario clasificarlos como Contribuyentes Newton-Específico.
Que el Ver 6645 caracteres restantes
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