Bolivia | Resolución Normativa de Directorio No 10-0030-16 del 27 de Noviembre de 2016 de Impuestos Internos

RESUMEN: ACTUALIZACIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO, NÚMERO DE CELULAR Y TELÉFONO FIJO DE CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN GENERAL

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0030-16

ACTUALIZACIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO, NÚMERO DE CELULAR Y TELÉFONO FIJO DE CONTRIBUYENTES DEL RÉGIMEN GENERAL

La Paz, 25 de noviembre de 2016

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria, conforme a este Código y leyes especiales, podrá dictar normas
administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de las normas tributarias, las que no podrán modificar, ampliar o suprimir el alcance del tributo ni sus elementos constitutivos.

Que el Artículo 70 de la Ley N° 2492, en su numeral 2, dispone que es obligación del sujeto pasivo, inscribirse en los registros habilitados por la Administración Tributaria y aportar los datos que le fueran requeridos comunicando ulteriores modificaciones en su situación tributaria.

Que el Artículo 83 (Medios de Notificación) de la Ley N° 2492, modificado por el Parágrafo III del Artículo 2 (Modificaciones) de la Ley N° 812 de 30 de junio de 2016, dispone los medios electrónicos como una nueva forma de poner en conocimiento del contribuyente los actos y actuaciones de la
Administración Tributaria.

Que la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 812, determina que el Servicio de Impuestos Nacionales desarrollará e implementará una plataforma virtual que permita realizar gestiones tributarias para poner en conocimiento del contribuyente las actuaciones administrativas mediante medios
electrónicos.

Que a objeto de implementar la plataforma virtual es necesario establecer el procedimiento para la actualización de datos de los contribuyentes que pertenecen al Régimen General, referidos al correo electrónico, número de teléfono celular y número de teléfono fijo (Opcional) en la Oficina Virtual.

Que la implementación de sistemas de información directa a través de correos electrónicos, mensajes de telefonía y otros, permiten a la Administración Tributaria, otorgar más y mejores servicios a los contribuyentes, otorgándoles información sobre el estado de sus obligaciones tributarias, cumplimiento de presentación y pago de declaraciones juradas y toda otra información de carácter relevante. Por lo que es necesario que el contribuyente para recibir éstos y otros servicios incorpore y/o actualice los datos referidos al correo electrónico, número de teléfono celular y número de teléfono fijo (Opcional).

Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de la Ley Nº 2166, del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa
de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo 1. (Objeto).-

Establecer la obligación y procedimiento para la actualización de datos de contacto en el Padrón Nacional de Contribuyentes del Régimen General, con los correos electrónicos, números de celulares y de teléfonos fijos, a través de la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos
Nacionales.

Artículo 2. (Alcance).-

La presente Resolución Normativa de Directorio alcanza a todas las Personas Naturales y Jurídicas del Régimen General, con estado de Número de Identificación Tributaria (NIT) Activo.

Artículo 3. (Obligatoriedad).-

I. Todos los sujetos pasivos sean Personas Naturales o Jurídicas del Régimen General, con estado de NIT Activo, deberán actualizar el registro de datos de contacto consistentes en correo electrónico, número de celular y número de teléfono fijo (Opcional) en el Padrón Nacional de Contribuyentes a través de la Oficina Virtual, conforme al procedimiento establecido en la presente Resolución.

II. Los contribuyentes que ya registraron la información a través de la Oficina Virtual, en forma anterior a la vigencia de la presente Resolución Normativa de Directorio, y no requieran modificarla no están obligados a realizar un nuevo registro.

Artículo 4. (Procedimiento).-

I. Los contribuyentes que registraron en el Padrón Biométrico Digital (PBD) un correo electrónico, número de celular o teléfono fijo, a objeto de que actualicen los datos de contacto o registren nuevos contactos, cumplirán el siguiente procedimiento:

1. Ingresar a la Oficina Virtual.
2. Presionar el enlace “AQUÍ” de la ventana emergente “Aviso Importante”.
3. Se visualizará la página “Contactos Registrados Anteriormente”.
4. Seleccionar el (los) registro(s) que desea confirmar como datos de contacto para el Servicio de Impuestos Nacionales y presionar “SÍ” e inmediatamente se guardarán los datos siempre que los mismos sean válidos.
5. En caso de no desear la confirmación de los contactos visualizados en la grilla, presionar el botón “NO” e inmediatamente se abrirá el formulario de “Activación de Correo y Celular”, para el registro de nuevos contactos.

6. Registrar los datos de contacto solicitados en el formulario:

Rubro A – “CORREOS ELECTRÓNICOS”
Rubro B – “TELÉFONOS CELULARES”
Rubro C – “TELÉFONO FIJO (OPCIONAL)”
7. Tickear la casilla de confirmación del rubro “D” – DECLARACIÓN.
8. Presionar el botón “Aceptar” para guardar la información ingresada.

II. Los contribuyentes nuevos a momento de obtener su Número de Identificación Tributaria (NIT) deberán registrar la información de su correo electrónico válido, número de celular y teléfono fijo (Opcional) a través de los siguientes pasos:

1. Ingresar a la Oficina Virtual.
2. En la página “Mi Agenda Tributaria” hacer “clic” en el enlace “Registro, actualización de correo, celular y teléfono” que abrirá el formulario “Activación de Correo y Celular”.
3. Registrar los datos de contacto solicitados en el formulario:
Rubro A – “CORREOS ELECTRÓNICOS”
Rubro B – “TELÉFONOS CELULARES”
Rubro C – “TELÉFONO FIJO (OPCIONAL)”
4. Tickear la casilla de confirmación del Rubro D – “DECLARACIÓN”.
5. Presionar el botón “Aceptar” para guardar la información ingresada.

III. La modificación de datos, deberá realizarse conforme al siguiente procedimiento:

1. Ingresar a la Oficina Virtual.
2. Ingresar a la Página “Mi Agenda Tributaria”.
3. Opción “Registro, actualización de correo, celular y teléfono”.
4. Formulario digital “Contactos Registrados”.
5. Elegir la información a modificar y presionar la opción “Inactivar” e inmediatamente el registro se guardará con el estado de “Inactivado”.
6. Para el registro del nuevo contacto, ingresar a la opción “Agregar Contacto”.

La aceptación del registro de un correo electrónico, será efectuada a través de la opción “Activar” que se encontrará en un mensaje de confirmación, enviado desde la Oficina Virtual, luego de haberse procedido al registro en el formulario digital “Activación de Correo y Celular” o a la actualización en el formulario digital “Contactos Registrados Anteriormente”.

Artículo 5. (Incumplimiento).- El incumplimiento al deber formal establecido en el artículo 3 de la presente Resolución, constituye contravención tributaria tipificada como Incumplimiento a Deberes Formales sujeta a la clasificación de sanciones por Incumplimiento a Deberes Formales vigente, conforme a lo establecido en el Artículo 162 de la Ley Nº 2492, Código Tributario Boliviano.

DISPOSICIÓN ABROGATORIA

Única.- Se abroga la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0025-16 de 20 de septiembre de 2016.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. La presente Resolución Normativa de Directorio entrará en vigencia a partir de su publicación.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

Lic. V. Mario Cazón Morales
Presidente Ejecutivo a.i.
Servicio de Impuestos Nacionales


FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No

Tipo: RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO DE IMPUESTOS INTERNOS No 10-0030-16

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/10-0030-16-del-27-de-noviembre-de-2016-de-impuestos-internos

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