RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0010-14
PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
La Paz, 14 de abril de 2014
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el Parágrafo III del Artículo 53 y Numeral 7 del Artículo 66, ambos de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria puede disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de tributos.
Que debido a problemas técnicos en el Sistema Informático del Servicio de Impuestos Nacionales, que impiden a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias a través de l...
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