Bolivia | DECRETO Ley No 7150 del 07 de Mayo de 1965

RESUMEN: Mantiene reservas fiscales dispuestas por DD.SS. de 17 de enero de 1939, sólo en cuanto se refiere a circunscripción territorial de la. provincia Chiquitos de Santa Cruz, y No. 06164 de 13-VII-62, y declara vigentes reservas fiscales por DD.SS. Nos. 05711, 06412 y D.L. No. 07044.

DECRETO LEY Nº 07150
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

C O N S I D E R A N D O:

Que por Ley de 5 de diciembre de 1917, el Poder Ejecutivo se halla facultado para decretar la reserva fiscal de tierras o regiones en que se encuentran sustancias o productos pertenecientes al Estado, e igualmente autorizado para suspender total o parcialmente dichas reservas;
Que los estudios y reconocimientos mineralógicos, así como la creación de distritos mineros con fines de catastración de las propiedades por las cuales se crearon algunas reservas fiscales, no pudieron realizarse por diversos motivos, por lo tanto no se impulsó el desarrollo de las explotaciones siendo hoy dichas reservas perjudiciales para la economía nacional;
Que sin embargo, es preciso conservar algunas zonas de reserva, por su importancia mineralógica, así como por los estudios de investigación que se están realizando con miras a una explotación racional y planificada;
Que por otra parte, el Estado debe mantener solamente las reservas fiscales que en la actualidad son planificadas, especialmente de aquellas zonas ubicadas en las fronteras, dictando las normas jurídicas necesarias, que además de precautelar los altos intereses del país, permitan un mejor aprovechamiento de los recursos minerales en beneficio de la Nación;
Que por Decreto Supremo de 1º de agosto de 1940, se estableció la reserva fiscal, de todo el suelo y subsuelo del territorio comprendido en la Delegación de Nor y Sud Lípez;
Que por leyes especiales posteriores se crearon las provincias Daniel Campos y Villa Martín, en el Departamento de Potosí, en la circunscripción territorial que correspondía a las Secciones Municipales de la Provincia Nor Lípez y consecuentemente, estas divisiones políticas no han significado el levantamiento de la Reserva Fiscal, de las provincias mencionadas;
Que por Ley de 30 de diciembre de 1948, se facultó al Banco Minero de Bolivia, para que en la jurisdicción de los Lípez, pueda establecer trabajos de exploración y explotación, mediante sistemas de arrendamiento o por constitución de sociedades mixtas, y luego, mediante Decreto de 21 de abril de 1961, dichas facultades fueron transferidas a la Corporación Minera de Bolivia, en cuya virtud esta entidad se ha abocado al estudio y e...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 243

Tipo: DECRETO LEY No 7150

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-ley-7150-del-07-mayo-1965

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