DECRETO PRESIDENCIAL N° 4571
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado, determina que son fines y funciones esenciales del Estado, además de los que establece la Constitución y la Ley, el constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación, ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.
Que el numeral 14 del Artíc...
Ver 2211 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !