EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 67 del Decreto Supremo Nº 21060, de 29 de agosto de 1985, establece los días feriados con suspensión de actividades públicas y privadas los días domingo, además de las fechas: 1 de enero, lunes y martes de carnaval, viernes santo, 1 de mayo, Corpus Cristhi, 6 de agosto, 1 de noviembre, 25 de diciembre y en cada Departamento la fecha de su efemérides.
Que el Artículo 19 de la Ver 1996 caracteres restantes
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