DECRETO SUPREMO N° 0802
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 125 de la Ley Nº 031, de 19 de julio de 2010, Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, crea el Servicio Estatal de Autonomías como entidad pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Autonomía. Asimismo el numeral 2 del Artículo 127 de la misma Ley, establece que la estructura del Servicio Estatal de Autonomías esta conformada por las direcciones, jefaturas y unidades técnico – operativas, establecidas mediante Decreto Supremo.
Que los Artículos 29 y 30 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establecen la denominación, estructura y atribuciones del Ministerio de Autonomía, entre las que se encuentran la de asumir acciones operativas para la coordinación entre el Órgano Ejecutivo y las Entidades Territoriales Autónomas y Descentralizadas, y la formulación y desarrollo de políticas orientadas a la implementación de la organización territorial del Estado contemplado en la Constitución Política del Estado.
Que con la promulgación de la Ley Nº 031, se implementa el régimen autonómico, que demanda la atención y tratamiento de materias en los ámbitos competencial, económico-financiero, normativo y de información, siendo necesario el funcionamiento del Servicio Estatal de Autonomías conforme a las atribuciones conferidas en el Artículo 129 de la citada Ley.
Que de acuerdo a la Ley Nº 031, el Servicio Estatal de Autonomías asumirá atribuciones asignadas al Ministerio de Autonomía en el Decreto Supremo Nº 29894, siendo necesario ajustar la estructura organizativa y denominación de este Ministerio, acorde al régimen de autonomías vigente en el país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
CAPÍTULO I
OBJETO Y MODIFICACIONES
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
Modificar la denominación y estructura organizativa del Ministerio de Autonomía establecidas en el Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo.
Establecer la estructura organizacional y de funcionamiento del Servicio Estatal de Autonomías.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES).
I. Se modifica el inciso d) del Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, con el siguiente texto:
“d) Ministra(o) de Autonomías.”
II. Se modifica el Artículo 29 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 29.- (ESTRUCTURA JERÁRQUICA). La estructura jerárquica del Ministerio de Autonomías es la siguiente:
MINISTRA(O) DE AUTONOMÍAS
Viceministerio de Autonomías Departamentales y Municipales
Dirección General de Autonomías Municipales
Dirección General de Autonomías Departamentales
Viceministerio de Autonomías Indígena Originaria Campesinas y Organización Territorial
Dirección General de Límites, Organización Territorial y Autonomías Regionales
Dirección General de Autonomías Indígena Originario Campesinas”
III. Se modifican los incisos f) y g) del Artículo 30 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, con el siguiente texto:
“f)Proponer y formular, políticas de desarrollo institucional democrático y gobernabilidad de las Entidades Territoriales Autónomas y Descentralizadas en coordinación con éstas.
g)Brindar apoyo y asistencia técnica a las Entidades Territoriales Autónomas y Descentralizadas en el ejercicio de sus competencias, y proyectar normativa cuando corresponda.”
IV. Se incluyen lo...
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