Bolivia | Decreto Supremo No 1108 del 21 de Diciembre de 2011

RESUMEN: Autoriza descuentos por las huelgas ocasionadas en el sector de la Salud Pública y de la Seguridad Social de Corto Plazo. Asimismo, establece el destino de los recursos provenientes de los descuentos señalados en el numeral precedente.

DECRETO SUPREMO N° 1108

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.

Que el Artículo 37 del Texto Constitucional, dispone que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera, priorizándose la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.

Que los Parágrafos I y II del Artículo 45 de la Constitución Política del Estado, señalan que todas las bolivianas y bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social, la cual se pre...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0327

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1108

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1108-del-21-diciembre-2011

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