Bolivia | Decreto Supremo No 1222 del 09 de Mayo de 2012

RESUMEN: Dispone la incorporación al Sistema Troncal de Interconexión - STI, de la bahía en 115 kV de la Subestación de maniobras Cataricagua, la Subestación Lucianita.

DECRETO SUPREMO N° 1222

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo I del Artículo 20 de la Constitución Política del Estado, establece que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones.

Que el Parágrafo II del Artículo 20 del Texto Constitucional, determina que es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias.

Que el numeral 3 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado, señala que la función del Estado en la economía consiste en ejercer la dirección y el control de los sectores estratégicos de la economía.

Que el Parágrafo III del Artículo 318 del Texto Constitucional, establece que el Estado fortalecerá la infraestructura productiva, manufactura e industrial y los servicios básicos para el sector productivo.

Que el Parágrafo II del Artículo 348 de la Ver 5391 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0371

Tipo: No 1222

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1222-del-09-mayo-2012

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