Bolivia | Decreto Supremo No 1312 del 02 de Agosto de 2012

RESUMEN: Reglamenta la organización interna y funcionamiento de los Consejos Económicos Productivos, creados por Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, como instancias de coordinación y participación para la elaboración de políticas públicas, planificación, seguimiento y evaluación de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria.

DECRETO SUPREMO N° 1312

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo I del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, señala que toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación, asimismo el Parágrafo II, determina que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

Que el Artículo 405 del Texto Constitucional, establece que el desarrollo rural sustentable es parte fundamental de las políticas económicas del Estado, que priorizará sus acciones para el fomento de todos los emprendimientos económicos comunitarios y del conjunto de los sectores rurales, con énfasis en la seguridad y la soberanía alimentaria, entre otros, a través del incremento sostenido y sustentable de la actividad agrícola y pecuaria, la articulación y complementariedad interna de las estructuras de producción y el fortalecimiento de la economía de los pequeños productores agropecuarios y la economía familiar y comunitaria.

Que el Artículo 37 de la Ley Nº 144, de 26 de junio de 2011, de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, crea el Consejo Plurinacional Económico Productivo – COPEP, y los Consejos Económicos Productivos Departamentales, Regionales, Provinciales y Municipales; asimismo, dispone que la organización interna de los referidos Consejos se establecerá mediante decreto reglamentario.

Que en el marco de la implementación de las políticas de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria, se hace necesario crear una institucionalidad para la planificación, seguimiento y evaluación con el objetivo de garantizar la Seguridad Alimentaria con Soberanía.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1. (OBJETO).-

El presente Decreto Supremo, tiene por objeto reglamentar la organización interna y funcionamiento de los Consejos Económicos Productivos, creados por Ver 7767 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0405

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1312

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1312-del-02-agosto-2012

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