DECRETO SUPREMO N°1621
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 1 de la Ley Nº 3507, de 27 de octubre de 2006, crea la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC, encargada de la planificación y gestión de la Red Vial Fundamental; en el marco del fortalecimiento del proceso de descentralización.
Que el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 29738, de 15 de octubre de 2008, prioriza el financiamiento y ejecución de la construcción de la carretera Puerto Suarez – Puerto Busch, facultándose al efecto a las instancias públicas correspondientes, realizar las acciones necesarias para su inmediata ejecución.
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