Bolivia | Decreto Supremo No 1903 del 26 de Febrero de 2014

RESUMEN: Autoriza al Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras incrementar la subpartida 25220 “Consultores Individuales de Línea” en Bs901.000, financiados con fuente y organismo financiador 10-111 “Tesoro General de la Nación”, a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 26990 “Otros”, para dar continuidad a las actividades del Programa de Mecanización – PROMEC en su fase de cierre.

DECRETO SUPREMO N° 1903

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que la Ley Nº 3902, de 30 de junio de 2008, aprueba de conformidad con el Artículo 59, atribución 12a de la Constitución Política del Estado, el “Convenio de Crédito celebrado entre la República Federativa del Brasil y la República de Bolivia”, suscrito en la ciudad de La Paz, en fecha 30 de noviembre de 2007.

Que el Parágrafo III del Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 29701, de 10 de septiembre de 2008, establece las funciones y atribuciones del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, actual Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, como Entidad Ejecutora del Convenio de Crédito de la República Federati...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0621

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1903

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1903-del-26-febrero-2014

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