Bolivia | Decreto Supremo No 1905 del 26 de Febrero de 2014

RESUMEN: Modifica la definición de la variable PP1 del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 26917, de 14 de enero de 2003 y sus posteriores modificaciones. Asimismo, modifica el Parágrafo II del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 29814, de 26 de noviembre de 2008.

DECRETO SUPREMO N°1905

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 365 de la Constitución Política del Estado, determina que una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidrocarburos conforme con la ley.

Que el inciso d) del Artículo 11 de la Ley Nº 3058, de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, establece como uno de los objetivos de la Política Nacional de Hidrocarburos, garantizar a corto, mediano y largo plazo, la seguridad energética, satisfaciendo adecuadamente la demanda nacional de hidrocarburos.
Que el Artículo 89 de la Ley Nº 3058, dispone que el Regulador fijará para el mercado interno, los precios máximos, en moneda nacional y los respectivos parám...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0621

Tipo: DECRETO SUPREMO No 1905

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-1905-del-26-febrero-2014

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