Decreto Supremo Nº 27729
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece como atribución del Ministro de Desarrollo Sostenible, la formulación de políticas y planes para el ordenamiento territorial.
Que el Numeral 9. del Artículo 44 de la Ley Nº 2028 de 28 de Octubre de 1999 – Ley de Municipalidades, establece que el Alcalde Municipal elaborará y elevará ante el Concejo para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo departamental y nacional, para su aprobación, dentro de los 90 días de su gestión.
Que el Ver 3528 caracteres restantes
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