Bolivia | Decreto Supremo No 29231 del 17 Agosto 2007

RESUMEN: Autoriza la constitución de un Fideicomiso por un monto de hasta $us10.000.000.- (DIEZ MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), para la ejecución del Programa de Redoblamiento Ganadero Bovino.

Decreto Supremo Nº 29231

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 144 de la Constitución Política del estado determina que la iniciativa privada recibirá el estímulo de cooperación del Estado cuando contribuya al mejoramiento de la economía nacional.

Que el Parágrafo I del Artículo 148 de la Constitución Política del estado, establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, podrá decretar pagos no autorizados por la Ley del Presupuesto únicamente para atender necesidades impostergables derivadas de calamidades públicas de conmoción interna o de agotamiento de recursos destinados a mantener los servicios cuya paralización causaría graves daños. Los gastos destinados a estos fines no excederán del uno por ciento (1%) del total de egresos autorizados por el Presupuesto Nacional.

Que el Inciso d) del Artículo 4 de la Ley Nº 2140 de 25 de octubre de 2000, para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres, establece: Desastre es una situación de daño grave o alteración de las condiciones normales de vida en un territorio determinado ocasionado por fenómenos naturales, tecnológicos o por la acción del hombre y que puede causar pérdidas de vidas humanas, materiales, económicos, o daño ambiental y que requiere de atención especial por parte de los organismos del Estado y de otras entidades de carácter humanitario o de servicio social, sean estas públicas o privadas.

Que el Artículo 4 de la Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, establece las atribuciones específicas del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, determinando entre otras, fomentar el desarrollo económico y social de las comunidades y organizaciones económicas campesinas e indígenas, protegiendo sus derechos sociales, económicos y culturales; apoyar al sector empresarial agropecuario y a los pequeños y medianos productores.

Que el Decreto Supremo Nº 29013 de 18 de enero de 2007, declara Estado de Emergencia a Nivel Nacional, como consecuencia de los fenómenos hidrometereológicos o climáticos adversos, que se suscitaron en el país en el presente año.

Que el Decreto Supremo Nº 29040 de 28 de febrero de 20...

Ver 8151 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 3021

Tipo: DECRETO SUPREMO No 29231

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-29231-del-17-agosto-2007

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024