Bolivia | Decreto Supremo No 2270 del 18 de Febrero de 2015

RESUMEN: Autoriza al Servicio Nacional del Sistema de Reparto - SENASIR, el incremento de la subpartida presupuestaria 25220 "Consultores Individuales de Línea" en Bs1.327.668, con Fuente de Financiamiento y Organismo Financiador 11-000 "TGN - Otros ingresos", a través de un traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la subpartida 26990 "Otros", destinado a la contratación de consultores para el desarrollo de actividades específicas que garanticen el cumplimiento de objetivos institucionales.

DECRETO SUPREMO N° 2270

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, determina que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que el inciso l) del Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 27066, de 6 de junio de 2003, establece que son atribuciones del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, a ser establecidas mediante normativa expresa del Ministerio de Hacienda, actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2242, de 7 de enero de 201...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0728

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2270

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2270-del-18-de-febrero-de-2015

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