Bolivia | Decreto Supremo No 2300 del 18 de Marzo de 2015

RESUMEN: Incorpora los Parágrafos ll y lll en la Disposición Transitoria Primera del Decreto Supremo Nº 2231, de 31 de diciembre de 2014.

DECRETO SUPREMO N° 2300

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Parágrafo II del Artículo 19 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, basándose en los principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinarán preferentemente a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural.

Que el Decreto Supremo Nº 0986, de 21 de septiembre de 2011, tiene por objeto crear la Agencia Estatal de Vivienda – AEVIVIENDA, como entidad encargada de la dotación de soluciones habitacionales y hábitat a la población del Estado Plurinacional de Bolivia; y definir las condiciones generales para el cierre del Programa de Vivienda Social y Solidaria – PVS, creado por Decreto Supremo N° 28794, de 12 de julio de 2006.

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0736

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2300

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2300-del-18-de-marzo-de-2015

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