Bolivia | Decreto Supremo No 2397 del 10 de Junio de 2015

RESUMEN: Autoriza de manera excepcional, la importación de dos (2) vehículos, consignados a la Nunciatura Apostólica acreditada en el Estado Plurinacional de Bolivia como Embajada de la Santa Sede.

DECRETO SUPREMO N° 2397

ALVARO MARCELO GARCIA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 255 de la Constitución Política del Estado, dispone que las Relaciones Internacionales responden a los fines del Estado en función de los intereses del pueblo.

Que el Artículo 14 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 18 de abril de 1961, con rango de Ley Nº 456, de 14 de diciembre de 2013, considera como Jefes de Misión Diplomática a los Nuncios o Internuncios acreditados ante los Jefes de Estado.

Que el Artículo 25 y el Artículo 36 del precitado Instrumento Internacional, establecen que el Estado receptor otorgará toda clase de facilidades para el desempeño de las funciones de la Misión Diplomática, entre estas, la permisión de entrada, con exención de toda clase de derechos de aduana, impuestos y gravámenes conexos, salvo gastos de almacenaje, acarreo y servicios análogos, de los objetos destinados al uso oficial de la Misión o, al uso personal del Agente Diplomático.

Que el numeral 10 del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ver 4289 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0766

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2397

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2397-del-10-de-junio-de-2015

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