DECRETO SUPREMO N° 2675
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 11 del Artículo 108 de la Constitución Política del Estado, determina que es deber de las bolivianas y los bolivianos, socorrer con todo el apoyo necesario, en casos de desastres naturales y otras contingencias.
Que los numerales 11 y 12 del Parágrafo I del Artículo 100 de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, establece que es competencia exclusiva del nivel central del Estado, definir políticas y mecanismos de protección financiera para enfrentar contingencias y permitir la recuperación por desastres en el nivel nacional; y gestionar los recursos para la atención de desastres y/o emergencias y la recuperación del desastre.
Que el Artículo 2 de la Ley N° 602, de 14 de noviembre de 2014, de Gestión de Riesgos, señala que la citada Ley tiene por finalidad definir y fortalecer la intervención estatal para la gestión de riesgos, priorizando la protección de la vida, y desarrollando la cultura de prevención con participación de todos los actores y sectores involucrados.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015, aprueba el “Plan de Acciones Inmediatas ante el Fenómeno El Niño 2015 – 2016”.
Que los Artículos 4, 5 y 6 del Decreto Supremo Nº 2618, establecen el destino de los recursos, la autorización de contratación directa de obras, bienes y servicios, así como el gasto en logística para la implementación del “Plan de Acciones Inmediatas ante el Fenómeno El Niño 2015 – 2016”.
Que el pronóstico de precipitación y temperaturas máximas emitido por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología – SENAMHI, del primer trimestre del año 2016, muestra anomalías que consideran una probabilidad de déficit hídrico, además de las temperaturas por encima de sus medias normales.
Que el reporte de afectación nacional emitido por el Sistema Integrado de Información y Alerta para la Gestión de Riesgos de Desastres – SINAGER, periodo noviembre 2015 a enero de 2016, muestra una alta afectación por sequías, con una menor incidencia de granizos heladas y otros; en este sentido, resulta necesario que el “Plan de Acciones Inmediatas Ante el Fenómeno El Niño 2015 – 2016” priorice nuevas acciones para mitigar daños y pérdidas por efecto de la sequía.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar los incisos a) y b) del Artículo 4, el Parágrafo I del Artículo 5, el Artículo 6 y el Anexo del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES).
I. Se modifican los incisos a) y b) del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015, con el siguiente texto:
“a) Contratación directa de obras, bienes y servicios por un monto de Bs91.038.876.- (NOVENTA Y UN MILLONES TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS);
b) Gastos en logística y de administración por un monto de Bs12.858.256.- (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS).”
II. Se modifica el Parágrafo I del Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015, con el siguiente texto:
“I. Se autoriza la contratación directa de obras, bienes y servicios, destinada única y exclusivamente para la implementación de las intervenciones institucionales en el marco del “Plan de Acciones Inmediatas ante el Fenómeno El Niño 2015 – 2016”, a las siguientes entidades públicas:
Compra de: | En bolivianos | |
Ministerio de Defensa | 32.016.625 | |
Alimentos secos y de consumo inmediatos | 10.600.125 | |
Vestimenta, ropa de cama, zapatos e indumentaria de vestir | 2.000.000 | |
Botiquines médicos y primeros auxilios | 100.500 | |
Servicios de rehabilitación de los sistemas de agua potable y alcantarillado | 2.875.000 | |
Alimento para animales (Forraje en evacuación) | 150.000 | |
Material de construcción para reparar viviendas, vías de acceso y caminos | 4.291.000 | |
Servicios para la perforación y rehabilitación de pozos de agua | 12.000.000 | |
Ministerio de Medio Ambiente y Agua | 12.716.560 | |
Insumos para almacenamiento, potabilización y distribución de agua, y herramientas | 7.054.540 | |
Insumos y servicios para saneamiento e higiene (Baños modulares, kits de higiene, contenedores de residuos sólidos, herramientas, mantenimiento y operación de los sistemas de saneamiento e higiene) | 3.936.120 | |
Servicios para almacenamiento de unidades sanitarias y búsqueda de agua para consumo humano | 1.725.900 | |
Ministerio de Salud | 4.347.080 | |
Material educativo para la prevención de enfermedades inmunoprevenibles | 165.000 | |
Vacunas, sueros, medicamentos, productos químicos y farmacéuticos, otros insumos para la atención médica, control y vigilancia epidemiológica | 1.182.080 | |
Deslizadores | 1.000.000 | |
Equipamiento, insumos y reactivos | 2.000.000 | |
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras | 17.387.182 | |
Alimentos para animales (Forraje) | 4.000.000 | |
Semillas, herramientas menores, insumos agrícolas, bebedores, mallas antigranizo, enfardadoras, para atención a los sectores productivos | 5.387.182 | |
Vacunas, sales, vitaminas, antiparasitarios, kits de aplicación, equipos veterinarios, para la sanidad animal | 8.000.000 | |
Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural | 10.000.000 | |
Alimento para animales (Alimento balanceado, maíz, afrecho de trigo y subproductos de arroz) | 10.000.000 | |
Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social | 14.571.429 | |
Servicios, materiales y herramientas para la generación de empleo temporal por tres (3) meses | 14.571.429 | |
Total | 91.038.876 | ” |
III. Se modifica el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 6.- (GASTOS EN LOGÍSTICA Y ADMINISTRATIVOS). Los gastos en logística y de administración señalados en el inciso b) del Artículo 4 del presente Decreto Supremo, se distribuyen de la siguiente manera:
Detalle | En bolivianos |
Logística |
Ministerio de Defensa | 4.983.375 | |
Ministerio de Medio Ambiente y Agua | 213.492 | |
Ministerio de Salud | 2.720.000 | |
Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras | 4.212.818 |
Administrativos |
Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social | 728.571 | |
Total | 12.858.256 | ” |
IV. Se sustituye el Anexo del Decreto Supremo Nº 2618, de 2 de diciembre de 2015, por el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.
DISPOSICIONES ABROGATORIAS Y DEROGATORIAS
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa; de Planificación del Desarrollo; de Economía y Finanzas Públicas; de Desarrollo Productivo y Economía Plural; de Salud; de Medio Ambiente y Agua; y de Desarrollo Rural y Tierras, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Rene Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Ana Veronica Ramos Morales, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Virginia Velasco Condori, José Gonzalo Trigoso Agudo, Ariana Campero Nava, María Alexandra Moreira Lopez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Hugo José Siles Nuñez del Prado, Lenny Tatiana Valdivia Bautista, Marko Marcelo Machicao Bankovic, Marianela Paco Duran, Tito Rolando Montaño Rivera.
PLAN DE ACCIONES INMEDIATAS
ANTE EL FENOMENO EL NIÑO 2015 – 2016
GLOSARIO
CIIFEN | Centro Internacional para la Investigación del Fenómeno de El Niño |
CODERADE | Comité Departamental de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
COMURADE | Comité Municipal de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
CONARADE | Consejo Nacional de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
COEN | Comité Operativo de Emergencias Nacional |
DGR | Dirección General de Riesgos |
MD | Ministerio de Defensa |
MDRyT | Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras |
MMAyA | Ministerio de Medio Ambiente y Agua |
MPD | Ministerio de Planificación del Desarrollo |
MS | Ministerio de Salud |
SENAMHI | Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología |
SINAGER | Sistema Integrado de Información y Alerta para la Gestión de Riesgos de Desastres |
SISRADE | Sistema para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias |
UGR | Unidad de Gestión de Riesgos |
VIDECI | Viceministerio de Defensa Civil |
OBJETIVO.
Normar, coordinar e implementar acciones de planeamiento en la preparación, alerta, respuesta y rehabilitación entre instancias sectoriales y territoriales, orientadas a reducir, atender y rehabilitar los daños a las personas y medios de vida como consecuencia de la presencia del Fenómeno EL NIÑO.
Objetivos Específicos
Analizar el riesgo de desastre, identificar los principales escenarios de riesgo, dimensionamiento de los efectos sociales, económicos y ambientales del país.
Normar y coordinar las acciones que define la actuación de las entidades que son parte del Sistema Nacional de Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias (SISRADE).
Implementar las acciones orientadas a reducir, atender y rehabilitar los daños a las personas y medios de vida que pudiera causar la eventual ocurrencia de eventos adversos como consecuencia de un nuevo episodio del fenómeno El Niño.
MARCO LEGAL
El Plan, como una herramienta para la preparación, respuesta y rehabilitación se basa en la normativa legal vigente que a continuación se detalla:
Constitución Política del Estado |
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Ley Nº 031, Marco de Descentralización y Autonomías, Art. 100 |
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Ley No. 602 de Gestión de Riegos |
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Decreto Supremo No. 2342, Reglamento de la Ley Nº 602 de Gestión de Riesgos |
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ANALISIS DEL RIESGO
Identificación de Amenazas
Durante los meses de junio, julio, agosto y finales de septiembre de 2015, se ha incrementado sustancialmente la temperatura de superficie del mar (SST) a nivel de las regiones de El Niño, pronosticando su caracterización con un evento Fuerte. Las variables atmosféricas apoyan el patrón de El Niño, incluyendo vientos alisios debilitados y el exceso de lluvias en el Pacífico tropical oriental del centro. El consenso de los modelos de predicción de ENOS indica la continuación de condiciones moderadas a fuertes de El Niño durante la temporada de agosto a octubre de 2015, con tendencia a fortalecerse aún más hacia la primavera, y extenderse hasta el verano próximo del 2016.
Grafico 1 Temperatura Superficie a nivel del mar (C°)
Aviso. Para ver la imagen en ésta sección revise la versión original de la norma.
En ese sentido, ante la probable ocurrencia de un episodio Fuerte de El Niño, que podría provocar eventos adversos sobre nuestro territorio, producto de las anomalías en los patrones atmosféricos que repercuten en el normal comportamiento de los distintos parámetros meteorológicos, alterando su distribución, temporalidad, recurrencia e intensidad en las precipitaciones, vientos, humedad, temperaturas, etc.
En consecuencia la amenaza latente de la presencia de excesos y déficits de precipitaciones a lo largo del territorio nacional en los meses que comprenden el periodo húmedo, conllevan a la posibilidad de que tengamos Inundaciones y Sequias, respectivamente.
Por lo tanto, partiendo de escenarios posibles generados por el SENAMHI respecto a sus pronósticos estacionales trimestrales, en los cuales podemos ver dos escenarios posibles tomando en cuenta el trimestre de octubre, noviembre y diciembre del presente año podemos observar lo siguiente:
Grafico 2 Pronóstico de la Precipitación a Nivel Nacional
Aviso. Para ver la imagen en ésta sección revise la versión original de la norma.
Fuente: SENAMHI, 2015
Fuente: SENAMHI, 2015
Grafico 3 Posibles Excesos y Déficits de Precipitaciones en el Periodo 2015 -2016
Fuente: VIDECI, 2015
En el Gráfico 3 se observan los excesos de precipitación que podrían afectar parte de los departamentos de Beni, Pando, Norte Integrado de Santa Cruz, Trópico de Cochabamba, Yungas y Norte de La Paz, con el riesgo de generar Inundaciones. También se observa déficit de precipitaciones que podrían afectar los departamentos de Oruro, Potosí, Sur del departamento de La Paz, parte de los Valles y Chaco Cruceño; situación que podría generar Sequias en algunos municipios de estos departamentos.
De acuerdo a los pronósticos realizados por el SENAMHI, los cambios en el régimen térmico indican un incremento de las temperaturas máximas y mínimas en casi toda la región Norte y Este del País, así como en la región norte del altiplano (ver Gráfico 4).
Grafico 4 Pronóstico de la Temperatura Ambiental a Nivel Nacional
Aviso. Para ver la imagen en ésta sección revise la versión original de la norma.
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Fuente: SENAMHI, 2015
Los mapas de acuerdo a los continuos modelos y elaboración de escenarios, están sujetos a actualizaciones de probables modificaciones en el comportamiento de la precipitación y las temperaturas para los próximos meses. Por otro lado, debe entenderse que los municipios que no están remarcados dentro las regiones de alta o baja precipitaciones, o las regiones de anomalía térmica, son considerados como municipios dentro de sus valores climatológicos normales.
Un factor importante que debe ser considerado en el actual contexto mundial por sus repercusiones y su inminente afectación a nivel regional y local, es el aumento de la temperatura media ( ̴ 0,7°C) por efecto del cambio climático y el calentamiento global, y de acuerdo a los reportes de los centros internacionales de investigación del clima. Durante el año 2015 como se observa en el Gráfico 4, se están registrando valores por encima de las medias de los años más calurosos de los últimos 30 años, lo que está provocando estrés fisiológico de los sistemas ambientales y productivos en diferentes regiones del mundo, incluso superando registros históricos máximos de temperatura ambiental en dichas regiones.
Aviso. Para ver la imagen en ésta sección revise la versión original de la norma.
Identificación de Vulnerabilidad
La vulnerabilidad de la población ante el riesgo de desastres se expresa en una relación en que un determinado grupo de personas que habitan en una determinada región, están más expuestas a sufrir los impactos por los cambios en sus condiciones de vida cuando surge una emergencia o desastre, en comparación con otros grupos de individuos.
Por ejemplo una situación de vulnerabilidad se da cuando las personas y comunidades que desarrollan sus actividades cercanas a lechos de ríos en las tierras bajas tienden a sufrir inundaciones cuando en la cabecera de la cuenca alta se produce excesiva precipitación pluvial, incrementando el riesgo de inundar las tierras bajas, afectado sus medios de vida y en algunos casos de subsistencia. Por el contrario, el déficit hídrico pone en situación de vulnerabilidad a los municipios rurales cuando sus fuentes de provisión de agua para la alimentación o producción no abastecen, afectando directamente su calidad de vida.
Asimismo, se identifica una vulnerabilidad institucional en las Entidades Territoriales Autónomas, ya que el cambio de autoridades fue la causal para que también se cambien servidores públicos de las unidades o direcciones de gestión de riesgo y en muchos casos dejando sin documentación o conocimiento del mismo. Coincidentemente este factor es directamente relacionado con la vulnerabilidad económica ya que muchas acciones inherentes a la gestión del riesgo se financian con recursos del Gobierno Municipal o Departamental, y de la misma forma para paliar las emergencias o desastres en sus jurisdicciones.
Determinación del Riesgo de Desastres.
El fenómeno El Niño se inicia con un anormal calentamiento de las aguas del Océano Pacifico en la región ecuatorial o en su caso con un relajamiento de los vientos alisios sobre el Pacífico, sin llegar a una exacta conclusión de los orígenes mismos sobre cómo se da el inicio de un evento de El Niño, el actual episodio por sus características en intensidad, anomalía y distribución espacial y su comportamiento parece ser similar a los eventos más fuertes y significativos ocurridos en los años 1982/83 y 1997/98. Las alteraciones en los patrones atmosféricos principalmente en la distribución de precipitaciones en el periodo lluvioso conlleva a un balance de déficit o excesos de precipitaciones a los largo del territorio nacional, que podrían generar sequias e inundaciones.
La magnitud estimada de afectación en el territorio nacional como consecuencia del fenómeno El Niño durante el periodo 2015 y verano del 2016, nos muestra las condiciones de exposición y vulnerabilidad de la población, donde se identifican 51 municipios con excesos de precipitación lo que podría manifestarse en inundaciones y 58 municipios con déficit que tiene una directa relación con sequias. La dinámica del fenómeno podría incrementar la cantidad de municipios, por ello se consider...
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