Bolivia | Decreto Supremo No 2718 del 06 de Abril de 2016

RESUMEN: Exceptúa temporal y excepcionalmente, la presentación del Certificado de Abastecimiento Interno y Precio Justo ante la Aduana Nacional, como requisito previo para la exportación.

DECRETO SUPREMO N° 2718

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 2 del Artículo 316 de la Constitución Política del Estado, establece que es función del Estado en la economía dirigir la economía y regular conforme con los principios establecidos en la Constitución, los procesos de producción, distribución y comercialización de bienes y servicios.

Que el Artículo 408 del Texto Constitucional, dispone que el Estado determinará estímulos en beneficio de los pequeños y medianos productores con el objetivo de compensar las desventajas del intercambio inequitativo entre los productos agrícolas y pecuarios con el resto de la economía.

Que el Artículo 2 del Ver 3282 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0846

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2718

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2718-del-06-de-abril-de-2016

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