Bolivia | Decreto Supremo No 2731 del 14 de Abril de 2016

RESUMEN: Modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011, que establece la estructura jerárquica del Ministerio de Comunicación; e incorpora los incisos g), h) e i) en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0793, de 15 de febrero de 2011, atribuciones del Viceministerio de Gestión Comunicacional. .

DECRETO SUPREMO N° 2731

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado, determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.

Que el Parágrafo I del Artículo 106 del Texto Constitucional, dispone que el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información.
Que el numeral 2 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, señala entre las competencias exclusivas del nivel central del Estado el régimen general de las comunicaciones y las telecomunicaciones.

Que el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece las atribuciones de las Ministras y Ministros, así como los principios y valores que deben conducir a los servidores públicos, de conformidad a lo establecido en la Ver 4875 caracteres restantes


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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0849

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2731

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2731-del-14-de-abril-de-2016

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