Bolivia | Decreto Supremo No 2862 del 03 de Agosto de 2016

RESUMEN: Autoriza al Ministerio de Justicia el uso de recursos e incremento de la subpartida de “Consultores Individuales de Línea”, con los saldos no ejecutados por la transferencia de recursos aprobada por Decreto Supremo Nº 2695, de 9 de marzo de 2016, para determinar las acciones preliminares que permitan el cumplimiento de lo establecido por la “Cumbre Nacional de Justicia”.

DECRETO SUPREMO N° 2862

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 178 de la Constitución Política del Estado, determina que la potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos.

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las Entidades Públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Parágrafo I del Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 2644, de 30 de diciembre de 2015, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 769, de 17 de diciembre de 2015, del Presupuesto General del Estado Gestión 2016, en el marco de sus competencias, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0880

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2862

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2862-del-03-de-agosto-de-2016

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