Bolivia | Decreto Supremo No 2873 del 10 de Agosto de 2016

RESUMEN: Autoriza al Ministerio de Educación, realizar la transferencia a título gratuito de obras de infraestructura y/o equipamiento educativo, a favor de las entidades territoriales autónomas beneficiarias, cuyo procedimiento será establecido mediante reglamento aprobado por Resolución Ministerial.

DECRETO SUPREMO N° 2873

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los Parágrafos I y II del Artículo 77 de la Constitución Política del Estado, establecen que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla; asimismo el Estado y la sociedad tienen tuición plena sobre el sistema educativo.

Que el Parágrafo I del Artículo 72 de la Ley N° 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, señala que el Estado Plurinacional, a través del Ministerio de Educación, ejerce tuición sobre la administración y gestión del Sistema Educativo Plurinacional.

Que el numeral 4 del Artículo 74 de la Ley N° 070, establece los objetivos de la administración y gestión del sistema educativo, entre ellos, garantizar la provisión de recursos financieros, personal cualificado, infraestructura y materiales de acuerdo a las necesidades de cada región y de acuerdo a las competencias concurrentes de las entidades terr...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0882

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2873

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2873-del-10-de-agosto-de-2016

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