Bolivia | Decreto Supremo No 2874 del 10 de Agosto de 2016

RESUMEN: Autoriza al Ministro de Planificación del Desanollo, suscribir con la Corporación Andina de Fomento - CAF, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, un Contrato de Préstamo, por un monto de hasta $us18.500.000.-, para el financiamiento parcial del "Programa de Dinamización Turística del Destino Salar de Uyuni y Lagunas de Colores".

DECRETO SUPREMO N° 2874

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 37 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia exclusiva del nivel central del Estado, las políticas generales de turismo.

Que el Parágrafo I del Artículo 337 del Texto Constitucional, establece que el turismo es una actividad económica estratégica que deberá desarrollarse de manera sustentable para lo que tomará en cuenta la riqueza de las culturas y el respeto al medio ambiente.

Que el numeral 1 del Parágrafo I del Artículo 95 de la Ley N° 031, de 19 de julio de 2010, Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, señala que de acuerdo a la competencia del numeral 37 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, el nivel central del Estado tendrá la competencia exclusiva de elaborar las políticas generales y el régimen de turismo.

Que el inciso a) del Parágrafo II del Artículo 4 de la Ley Nº 292, de 25 de septiemb...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0882

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2874

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2874-del-10-de-agosto-de-2016

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