Bolivia | Decreto Supremo No 2915 del 27 de Septiembre de 2016

RESUMEN: lmplementa el "Programa Centros de Servicios Productivos de Madera".

DECRETO SUPREMO N° 2915

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 6 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado, señala entre los fines y funciones esenciales del Estado, promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles.

Que el Parágrafo I del Artículo 318 del Texto Constitucional, establece que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora. Asimismo, el Parágrafo III del citado Artículo, dispone que el Estado fortalecerá la infraestructura productiva, manufactura e industrial y los servicios básicos para el sector productivo.

Que el numeral 4 del Artículo 334 de la Constitución Política del Estado, dispone que en el marco de las políticas sectoriales, el Estado proteger...

Ver 4689 caracteres restantes


¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !




FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0897

Tipo: DECRETO SUPREMO No 2915

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-2915-del-27-de-septiembre-de-2016

Más información por Whatsapp

Aprovecha los descuentos !


Vobolex.org Powered by Derechoteca ©®™ 2024