Bolivia | Decreto Supremo No 3078 del 08 de Febrero de 2017

RESUMEN: Autoriza el ingreso al Servicio Militar Obligatorio de jóvenes de diecisiete (17) años de edad cumplidos al momento de su reclutamiento, debiendo durante la gestión de instrucción cumplir los dieciocho (18) años de edad, para poder licenciarse.

DECRETO SUPREMO N° 3078

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que es muy importante para el contexto social actual, el valor del Servicio Militar en Bolivia, desde su base constitucional, además de la importancia en la cultura de la población rural y citadina por el cumplimiento de este deber, para los jóvenes que concluyen en la mayoría de los casos la secundaria a los dieciséis (16) años de edad cumplidos.

Que la búsqueda de oportunidades en la vida de todo joven varón, se refleja en el aspecto político, laboral, socio cultural, en muchos casos, estos aspectos nacen con el cumplimiento del Servicio Militar Obligatorio, como deber y requisitos para optar a fuentes laborales o cargos dentro sus comunidades como parte de su cultura ya que este Servicio tiene sus orígenes antes de que Bolivia naciera como Estado Libre, Independiente y Soberano. Toda vez que el Imperio Incaico realizaba la selección de los jóvenes para conformar los Ejércitos de cada suyo, en esas ...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0935

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3078

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3078-del-08-de-febrero-de-2017

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