xDECRETO SUPREMO N° 3158
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 12 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos Órganos.
Que el Parágrafo II del Artículo 205 del Texto Constitucional, establece que la jurisdicción, competencias y atribuciones del Órgano Electoral y de sus diferentes niveles, se definen en la Constitución y la ley.
Que el numera 1 del Artículo 6 de la Ley Nº 018, de 16...
Ver 3438 caracteres restantes
¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?
Inicia Sesión
o,
Crea una Cuenta Gratis !