DECRETO SUPREMO N° 3196
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I de la Disposición Adicional Única de la Ley Nº 571, de 8 de septiembre de 2014, autoriza a la Empresa de Correos de Bolivia – ECOBOL, transferir a título oneroso, bienes inmuebles, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para el funcionamiento de oficinas públicas.
Que en el marco de los Decretos Supremos Nº 2140, de 9 de octubre de 2014 y Nº 2699, de 9 de marzo de 2016, el inmueble ubicado entre calles Ayacucho y Junín, con una superficie de 800 m2, de la ciudad de Sucre, se encuentra registrado en Derechos Reales bajo la Matrícula 1.01.1.99.0014118, a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y administrado por el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado – SENAPE.
Que el inciso b) del Artículo 177 y Artículo 214 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, señalan que la disposi...
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