Bolivia | Decreto Supremo No 3281 del 16 de Agosto de 2017

RESUMEN: Otorga Becas de Especialidad a favor de profesionales médicos bolivianos, para que presten sus servicios en Establecimientos de Salud Hospitalarios de 3er. Nivel e Institutos de 4to. Nivel de Salud, del Sub Sistema Público del Sistema Nacional de Salud.

DECRETO SUPREMO N° 3281

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 37 de la Constitución Política del Estado, establece que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.

Que el Parágrafo I del Artículo 77 del Texto Constitucional, determina que la educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla.

Que la Meta 2 del Pilar 3 del Plan de Desarrollo Económico y Social 2016-2020 en el Marco del Desarrollo Integral para Vivir Bien, aprobado por Ley Nº 786, de 9 de marzo de 2016, señala como uno de sus resultados, la construcción de cuatro (4) Institutos de 4to. Nivel de Salud, la construcción y ampliación de doce (12) hospitales de 3er. Nivel y la construcción, ampliación y equipamiento de treinta y un (31) hospitales de 2do. Nivel.

Que el Parágrafo I del Artículo 11 de la Ley Nº 856, de 28 de noviembre de 2016, del Presupuesto General del E...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0987

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3281

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3281-del-16-de-agosto-de-2017

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