DECRETO SUPREMO N° 3418
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 246 de la Constitución Política del Estado, determina que las Fuerzas Armadas dependen de la Presidenta o del Presidente del Estado y reciben sus órdenes, en lo administrativo, por intermedio de la Ministra o del Ministro de Defensa y en lo técnico, del Comandante en Jefe.
Que el inciso e) del Artículo 6 de la Ley N° 1405, de 30 de diciembre de 1992, establece como atribución y responsabilidad de las Fuerzas Armadas del Estado, entre otras defender, controlar y conservar la integridad te...
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