Bolivia | Decreto Supremo No 3498 del 03 de Marzo de 2018

RESUMEN: Establece el monto y plazo de las Cartas de Crédito a ser emitidos por el Banco Central de Bolivia - BCB a requerimiento de la Agencia Boliviana de Energía Nuclear - ABEN

DECRETO SUPREMO N° 3498

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 379 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado desarrollará y promoverá la investigación y el uso de nuevas formas de producción de energías alternativas, compatibles con la conservación del ambiente.

Que la Ley N° 1003, de 12 de diciembre de 2017, tiene por objeto asignar la competencia de tecnología nuclear con fines pacíficos al nivel central del Estado y establecer las condiciones para la construcción de infraestructura e implementación del Centro de Investigación y Desarrollo en Tecnología Nuclear – CIDTN.

Que la Disposición Adicional Única de la Ley N° 1003, autoriza al Banco Central de Bolivia – BCB a emitir Cartas de Crédito por cuenta de las entidades del sector público, con proyectos financiados por el Tesoro General de la Nación – TGN, facultando al ente emisor el débito automático de las cuentas del TGN, por los importes correspondientes a los pagos de las Cartas de Crédito. A...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1043

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3498

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3498-del-03-de-marzo-de-2018

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