Bolivia | Decreto Supremo No 3574 del 30 de Mayo de 2018

RESUMEN: Establece el monto y plazo de las Cartas de Crédito a ser emitidas por el Banco Central de Bolivia - BCB a requerimiento de la Agencia Boliviana de Energía Nuclear - ABEN, para el Proyecto de Red de Centros de Medicina Nuclear y Radioterapia.

DECRETO SUPREMO N° 3574
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo I del Artículo 379 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado desarrollará y promoverá la investigación y el uso de nuevas formas de producción de energías alternativas, compatibles con la conservación del ambiente.

Que la Ley Nº 1003, de 12 de diciembre de 2017, tiene por objeto asignar la competencia de tecnología nuclear con fines pacíficos al nivel central del Estado, y establecer las condiciones para la construcción de infraestructura e implementación del Centro de Investigación y Desarrollo en Tecnología Nuclear – CIDTN.

Que la Disposición Adicional Única de la Ley Nº 1003, autoriza al Banco Central de Bolivia – BCB a emitir Cartas de Crédito por cuenta de las entidades del sector público, con proyectos financiados por el Tesoro General de la Nación – TGN, facultando al Ente Emisor el débito automático de las cuentas del TGN, por los importes correspondientes a los pagos de las Cartas de Crédito. A este efecto se emitirá un Decreto Supremo específico para cada operación, que establezca los importes, plazos...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1067

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3574

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3574-del-30-de-mayo-de-2018

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