Bolivia | Decreto Supremo No 3666 del 19 de Septiembre de 2018

RESUMEN: Autoriza la exportación de maíz para siembra, maíz amarillo duro y subproductos de maíz.

DECRETO SUPREMO N° 3666

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo II del Artículo 16 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado tiene la obligación de garantizar la seguridad alimentaria, a través de una alimentación sana, adecuada y suficiente para toda la población.

Que el numeral 2 del Artículo 316 del Texto Constitucional, dispone que es función del Estado dirigir la economía y regular, conforme con los principios establecidos en esta Constitución, los procesos de producción, distribución, y comercialización de bienes y servicios.

Que el Parágrafo I del Artículo 318 de la Constitución Política del Estado, señala que el Estado determinará una política productiva industrial y comercial que garantice una oferta de bienes y servicios suficientes para cubrir de forma adecuada las necesidades básicas internas, y para fortalecer la capacidad exportadora.

Que el Artículo 4 del Decreto Supremo Nº 29460, de 27 de febrero de 2008, dispone la prohibición excepcional y temporal de la exportación de los productos alimenticios correspondientes a las subpartidas arancelarias descritas en el Anexo 2 de la citada norma.

Que según informe conjunto del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía P...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1100

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3666

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3666-del-19-de-septiembre-de-2018

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