DECRETO SUPREMO N° 3838
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 8 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado asume y promueve como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble).
Que el Parágrafo I del Artículo 495 de la Ley N° 393, de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, establece que la Unidad de Investigaciones Financieras – UIF, está encargada de normar el régimen de lucha contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo en consulta con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; e investigar los casos en que se presuma la comisión de delitos de legitimación de ganancias ilícitas, financiamiento del terrorismo y otros de su competencia.
Que con plena voluntad política se viene implementando un conjunto de medidas para prevenir y combatir los delitos de Legitimación de Ganancias Ilícitas y Financiamiento del Terrorismo de una manera cada vez más eficaz, con el convencimiento sobre el carácter tr...
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