DECRETO SUPREMO N° 3867
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 28 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina como competencia exclusiva del nivel central del Estado, las empresas públicas del nivel central del Estado.
Que la Ley Nº 900, de 8 de febrero de 2017, establece que Transporte Aéreo Militar – TAM adopta la naturaleza de empresa pública mediante Decreto Supremo, cuya denominación será Empresa Pública de Transporte Aéreo Militar – TAM, dependiendo orgánica y administrativamente de la Fuerza Aérea Boliviana, bajo tuición del Ministerio de Defensa.
Que el Decreto Supremo N° 3025, de 14 de diciembre de 2016, transforma Transporte Aéreo Militar en la Empresa Pública Transporte Aéreo Militar – TAM, la cual tiene por objeto la explotación de servicios de transporte aéreo regular y no regular, nacional e internacional, de pasajeros, carga y correo.
Que para fortalecer la gestión en la Empresa Pública TAM, a través de la introducción de elementos de gobierno corporativo que garanticen su sostenibilidad, es necesario modificar el Decreto Supremo N° 3025.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo N° 3025, de 14 de diciembre de 2016.
ARTÍCULO 2.- (MODIFICACIONES).
I. Se modifica el Artículo 6 del Decreto Supremo N° 3025, de 14 de diciembre de 2016, con el siguiente texto:
“ARTÍCULO 6.- (ESTRUCTURA ORGÁNICA).
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