DECRETO SUPREMO N° 3991
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 244 de la Constitución Política del Estado, determina que las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y la soberanía del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, y participar en el desarrollo integral del país.
Que el Artículo 57 de la Ley N° 1405, de 30 de diciembre de 1992, Orgánica de las Fuerzas Armadas, establece que el Ejercito como parte integrante de las Fuerzas Armadas del Estado, constituye la expresión permanente del poder terrestre.
Que el inciso a) del Artículo 15 de la Ley Nº 602, de 14 de noviembre de 2014, de Gestión de Riesgos, dispone que el Ministerio de Defensa, es el responsable de definir políticas, estrategias y de coordinar e implementar las acciones de gestión de riesgos en el corto plazo, relacionadas con el ámbito de su competencia de acuerdo a las disposiciones de la citada ley.
Que la Ley N° 982, de 19 de octubre de 2017, que aprueba el Convenio de Préstamo N° 8735-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF del Banco Mundial – BM por un monto de hasta $us100.000.000.- (CIEN MILLONES 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES), destinados...
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