Bolivia | Decreto Supremo No 3996 del 31 de Julio de 2019

RESUMEN: Autoriza a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea – AASANA el incremento de la subpartida de Consultores Individuales de Línea para fortalecer y dar continuidad a la prestación de servicios aeronáuticos y administración de aeropuertos, en cumplimiento a normativa aeronáutica nacional e internacional.

DECRETO SUPREMO N° 3996

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el numeral 14 del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determina que es competencia privativa del nivel central del Estado el Control del espacio y tránsito aéreo, en todo el territorio nacional. Construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos internacionales y de tráfico interdepartamental.

Que el Parágrafo I del Artículo 321 del Texto Constitucional, establece que la administración económica y financiera del estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto.

Que el Artículo 5 de la Ley Nº 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, dispone que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.

Que la Ley N° 412, de 16 de octubre de 1968, eleva a rango de ley el Decreto Supremo N° 8019, de 21 de junio de 1967, que crea la Administración de Aeropuertos y Servicios Aux...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1182

Tipo: DECRETO SUPREMO No 3996

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-3996-del-31-de-julio-de-2019

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