Bolivia | Decreto Supremo No 4082-A del 15 de Noviembre de 2019

RESUMEN: Establece la nueva denominación del Periódico “Cambio” como Periódico “Bolivia” y se lo declara como medio de comunicación oficial del Estado Plurinacional de Bolivia.

DECRETO SUPREMO N° 4082-A

JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que los Parágrafos I y II del Artículo 20 de la Constitución Política del Estado, establecen que toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los servicios básicos, entre ellos a las telecomunicaciones; asimismo, señala que es responsabilidad del Estado, en todos sus niveles de gobierno, la provisión de los servicios básicos a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias.

Que el Parágrafo I del Artículo 106 del Texto Constitucional, dispone que el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información.

Que el Numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894 de 07 de febrero de 2007, prescribe que las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo, en el marco de las competencias asignadas al nivel central en la Constitución Política del Estado, tienen entre sus atribuciones proponer proyectos de decretos supremos y suscribirlos con la Presidenta o el Presidente del Estado.

Que a través del Decreto Supremo Nº 0793, se crea el Ministerio de Comunicación, incorporándose a la estructura del Órgano Ejecutivo, con atribuciones y competencias de coordinación, planificación y ejecución de estrategias comunicacionales.

Que el Artículo 9 del mencionado Decreto Supremo, modificado por Decreto Supremo N° 1097 de 07 de diciembre de 2011, prescribe que el Ministerio de Comunicación tiene bajo su tuición a la Empresa Estatal de Televisión – Bolivia TV y bajo su dependencia a Radio Illimani, Periódico “Cambio”, Gaceta Oficial de Convocatorias y la Agencia Boliviana de Información – ABI.

Que la Disposición Transitoria Única del citado Decreto Supremo, prescribe que a partir de la publicación del Decreto Supremo N° 793, se extingue la Dirección Nacional de Comunicación Social – DINACOM, y se debe transferir al Ministerio de Comunicación los saldos presupuestarios asignados por el Tesoro General de la Nación, así como los bienes activos y pasivos, en el marco de la normativa vigente.

Que mediante Resolución Ministerial N° 032/2009 de 21 de enero de 2009 del Ministerio de la Presidencia se crea al Periódico del Estado Boliviano (Periódico Cambio), como unidad dependiente de la entonces Dirección Nacional de Comunicación Social.

Que habiéndose establecido un gobierno nacional constitucional transitorio destinado a aplacar la ola de violencia que actualmente soporta la ciudadanía y en busca de la pacificación a través de la emisión pública de mensajes de reconciliación y de paz, se hace necesario cambiar el nombre del Periódico Cambio por el de Periódico “Bolivia”.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO.-

I. Se establece la nueva denominación del Periódico “Cambio” como Periódico “Bolivia”, que entrará en vigencia a partir del día domingo 17 de noviembre de 2019.

II. Se declara como medio de comunicación oficial del Estado Plurinacional de Bolivia al Periódico “Bolivia”.

DISPOSICIONES ADICIONALES

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA.- Se modifica el Artículo 9 del Decreto Supremo N° 793 de 15 de febrero de 2011, modificado por Decreto Supremo N° 1097 de 07 de diciembre de 2011, quedando el mismo con la siguiente redacción:

“ARTÍCULO 9.- (TUICIÓN, SUJECIÓN Y DEPENDENCIA).

I. Se halla bajo tuición del Ministerio de Comunicación la Empresa Estatal de Televisión – BOLIVIA TV.

II. Se encuentra bajo sujeción del Ministerio de Comunicación la Editorial del Estado Plurinacional de Bolivia.

III. Dependen del Ministerio de Comunicación:

Radio Illimani – Red Patria Nueva
Periódico “Bolivia”
Gaceta Oficial de Convocatorias
Agencia Boliviana de Información – ABI”

La señora Ministra de Comunicación en su respectivo Despacho, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Karen Longaric Rodríguez, Jerjes Enrique Justiniano Atalá, Arturo Carlos Murillo Prijic, Luis Fernando López Julio, Carlos Melchor Diaz Villavicencio, José Luis Parada Rivero, Víctor Hugo Zamora Castedo, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Wilfredo Rojo Parada, Yerko Nuñez Negrete, Alvaro Eduardo Coimbra Cornejo, Anibal Cruz Senzano, María Elva Pinckert de Paz, Mauricio Samuez Ordoñez Castillo, Martha Yujra Apaza, Roxana Lizarraga Vera, Milton Navarro Mamani.


FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 0134

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4082-A

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4082-a-del-15-de-noviembre-de-2019

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