Bolivia | Decreto Supremo No 4120 del 19 de Diciembre de 2019

RESUMEN: Modifica el Artículo 61 del Decreto Supremo N° 29018, de 31 de enero de 2007, Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos.

DECRETO SUPREMO N° 4120

JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 360 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado definirá la política de hidrocarburos, promoverá su desarrollo integral, sustentable y equitativo, y garantizará la soberanía energética.

Que el Artículo 9 de la Ley N° 3058, de 17 de mayo de 2005, de Hidrocarburos, señala que el Estado, a través de sus órganos competentes, en ejercicio y resguardo de su soberanía, establecerá la Política Hidrocarburífera del país.

Que el Artículo 14 de la Ley N° 3058, dispone entre otras, que las actividades de transporte y comercialización de los productos refinados de petróleo, son servicios públicos, que deben ser prestados de manera regular y continua para satisfacer las necesidades energéticas de la población y de la industria orientada al desarrollo del país.

Que el inciso f) del Artículo 25 de la Ley N° 3058, establece que el Ente Regulador tiene entre sus atribuciones específicas, aprobar tarifas para las actividades reguladas conforme a Reglamento.

Que el inciso a) del Artículo 92 de la Ley N° 3058, señala que las Tarifas para el Transporte de Hidrocarburos por Ductos, deberán s...

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FICHA TÉCNICO JURÍDICA DCMI


Fuente: Gaceta Oficial de Bolivia

Enlace Gaceta Bolivia: https://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Edición: Gaceta No 1226

Tipo: DECRETO SUPREMO No 4120

Enlace Permanente para citar: https://www.vobolex.org/bolivia/decreto-supremo-no-4120-del-19-de-diciembre-de-2019

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